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Os detallamos las principales novedades fiscales en el ahorro complementario para 2023.
Tener una perspectiva de ahorro a largo plazo es fundamental para la planificación de una jubilación próspera y segura. La clave está en tener un propósito de ahorro claro y con expectativas razonables, para lo cual es imprescindible planificar desde muy pronto (cuanto antes se inicie la planificación del ahorro para la jubilación, mejor) y ser perseverante en las aportaciones periódicas a nuestra “bolsa” de pensión complementaria.
Entre las novedades normativas, destacan los cambios en la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones y la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas con motivo de la publicación de la Ley 12/2022 de Regulación para el Impulso de los Planes de Pensiones de Empleo y de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
Actualmente en España, según datos de Inverco (a 31 de diciembre de 2021), menos de 2 millones de trabajadores (6%) participan en planes de pensiones de empleo (PPE). A diferencia de nuestros pares en Europa, donde es posible observar una cobertura de 34% en Eslovaquia, 13% en Alemania o 60% en el Reino Unido, en donde los empleados se suscriben por defecto a un plan de pensiones de empresa.
De allí que el acercamiento de los trabajadores a la previsión social empresarial con el impulso de los planes de pensiones de empleo en España representa una gran oportunidad para reforzar el ahorro complementario para la jubilación.
En el contexto actual, hay empresas que buscan ofrecer ventajas competitivas a sus empleados, para fortalecer la fidelización, motivación y retención del talento humano como parte del valor añadido en el salario emocional y con miras a motivar la planificación de un futuro próspero de sus trabajadores en los años de jubilación.
Entre las principales novedades de la ley destacan las ventajas para las empresas como la deducción en el Impuesto sobre Sociedades del 10% de las contribuciones empresariales, así como una reducción de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, exclusivamente por la cuota derivada de la aportación empresarial al plan de pensiones hasta un límite de 119,31 euros al mes (1.431 euros anuales).
Las ventajas para el empleado, además de los beneficios sociales y de planificación financiera a largo plazo, los planes de pensiones de empleo son una solución de planificación fiscal con claras ventajas. El límite conjunto de 1.500 euros se incrementará en 8.500 euros anuales, siempre que tal incremento provenga de contribuciones empresariales, o de aportaciones del trabajador al mismo instrumento de previsión social por importe igual o inferior.
La norma incorpora una novedad que matiza lo anterior, y es que la aportación del empleado, para este segundo tramo del límite, podría ser superior a las de la empresa, para trabajadores con rendimientos íntegros del trabajo de hasta 60.000 euros anuales.
Importe anual de la contribución |
Coeficiente |
Igual o inferior a 500 € |
2,5 |
Entre 500 y 1.500 € |
1.250 euros, más el resultado de multiplicar por 0,25 la diferencia entre la contribución empresarial y 500 euros. |
Más de 1.500 € |
1 |
Si el trabajador obtiene rendimientos íntegros del trabajo superiores a 60.000 euros procedentes de la empresa, se aplicaría el coeficiente 1. En este caso la aportación del trabajador podría como máximo ser igual a la de la empresa, es decir, 4.250 por las dos partes.
Las ventajas para los autónomos se introduce un nuevo límite de aportación y deducción por sus contribuciones a los planes de pensiones de empleo simplificados que ascendería a 4.250 euros. Un autónomo podría aportar en total 5.750 euros anuales si se suma el límite de aportación a planes de pensiones individuales de 1.500 euros.
Se mantiene en 2023 el límite máximo general de aportación a planes de pensiones individuales es de 1.500 euros anuales, la aportación máxima de 1.000 euros a favor de cónyuge cuyos rendimientos netos del trabajo sean inferiores a 8.000 euros anuales; así como los límites de aportación a planes de pensiones constituidos a favor de personas con discapacidad y que se mantienen en 24.250 euros anuales.
Los planes de pensiones como instrumentos de ahorro e inversión resultan una solución ideal de cara a esta estrategia de planificación para el bienestar financiero de nuestra jubilación. Éstos permiten complementar, a través de capital o rentas adicionales, la pensión pública del sistema de la Seguridad Social.
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