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El próximo 11 de abril comienza oficialmente la campaña de la Renta para el ejercicio 2022. Desde Fonditel aprovechamos este período de declaraciones y de planificación financiera anual para recordar cuál es la fiscalidad de los planes de pensiones, tanto individuales como de empleo, cómo tributa tu ahorro e inversiones y cuáles son los límites de aportaciones y las novedades fiscales con miras al próximo ejercicio (2023).
A continuación, se menciona lo que debes tener en cuenta a la hora de realizar tu declaración, si has destinado parte de tus ahorros bien a planes de pensiones o bien a fondos de inversión. Debes saber que las aportaciones a un plan de pensiones aparecen automáticamente en tu borrador. Sin embargo, siempre es conveniente revisarlas en el apartado “Reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social”, del modelo de IRPF (ésta debe indicar cuánto aportaste a tu plan de pensiones) para evitar sorpresas.
Ventajas fiscales de tu Plan de Pensiones
Un plan de pensiones es una herramienta muy eficiente de ahorro a largo plazo, que tiene a su vez, dos efectos fiscales distintos. Por un lado, las aportaciones realizadas generan una importante ventaja fiscal, al permitir desgravar el dinero aportado mediante una reducción de la base imponible del IRPF.
Es decir, las aportaciones realizadas a planes de pensiones permiten el diferimiento fiscal y desgravan en la renta. Con ello se consigue una disminución de los impuestos y poder diferir el pago del impuesto de la Renta hasta el momento del rescate del plan, usualmente en la jubilación, donde los rendimientos por trabajo son menores que cuando se está en activo.
Por otra parte, si hemos recibido prestaciones del plan de pensiones, éstas tributarán en el momento del rescate en el IRPF como rendimientos del trabajo personal. Las prestaciones están sujetas a retención y se integrarán en la base imponible general del Impuesto, tributando según la escala progresiva de gravamen.
Es relevante tener esto en consideración, ya que si nos planteamos cobrar el plan de pensiones el mismo año de la jubilación: el rescate se sumará al salario percibido hasta la jubilación y a la futura pensión pública. De este modo, la factura con Hacienda será probablemente más elevada que si esperáramos al año siguiente, donde solo contaremos con la pensión pública.
No es obligatorio rescatar el plan al jubilarse
En función de la forma de cobro de la prestación elegida, la tributación de ésta variará. Al rescatar el plan de pensiones podemos elegir cómo hacerlo: en forma de capital, de renta o de forma mixta. Si optamos por hacerlo en forma de renta, nuestro tipo impositivo será más bajo, por lo que también reducimos la factura fiscal.
Además, si la prestación se recibe en forma de capital se practicará una reducción del 40% del rendimiento íntegro siempre y cuando las aportaciones sean anteriores al 1 de enero de 2007 y la prestación se perciba en el ejercicio en que acaezca la contingencia o en los dos ejercicios siguientes.
Es importante recordar que no hay obligación de retirar los derechos del plan al momento de la jubilación. Si por el contrario, se puede y se desea seguir haciendo aportaciones y desgravando, se puede retrasar el rescate hasta el momento adecuado.
¿Y los fondos de inversión?
Con respecto a los fondos de inversión, se tributará en caso de reembolso y a diferencia de los planes de pensiones, sólo por la ganancia patrimonial obtenida.
Dependiendo del importe de la ganancia se tributa a un tipo fijo que oscila entre el 19% hasta 6.000 euros, el 21% entre 6.000 y 50.000 euros, el 23% para ganancias entre 50.000 y 200.000 euros y el 26% para incrementos patrimoniales superiores a 200.000 euros.
Al igual que ocurre con los planes de pensiones, el traspaso entre fondos de inversión está exento de tributación, lo que permite hacer cambios en la cartera sin tener que pagar impuestos.
En caso de pérdidas patrimoniales, éstas pueden compensarse bajo determinados requisitos.
Si quieres conocer más aspectos de la fiscalidad aplicable a los fondos de inversión, planes de pensiones individuales y de empleo, visita nuestro micrositio sobre la Campaña IRPF 2022
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